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martes, 30 de julio de 2013

LA DIOSA MADRE EN LAS ISLAS CANARIAS-I




(Libro inédito)


Eduardo Pedro García Rodríguez


CAPITULO-I-I

CRONOLOGÍA DE ALGUNAS DE LAS CIVILIZACIONES



Desde siempre, la Historia de la Nación Canaria ha sido descrita desde fuera hacía dentro, es decir “desde el punto de vista de los otros” aún cuando ésta, es escrita por autores nacidos en Canarias.


Nosotros pretendemos repasar algunos aspectos de nuestra historia “de dentro hacía fuera”, es decir, desde nuestra óptica de universalidad, desde “nosotros hacia ellos.”




Durante el desarrollo de este trabajo, iremos dando referencias de épocas y fechas durante los cuales tuvieron lugar determinados hechos históricos o situaciones  que fueron más o menos  importantes para el avance de humanidad y para que el lector pueda hacerse una composición de lugar y la fecha aproximada de los acontecimientos narrados o citados, creemos oportuno incluir un cuadro cronológico que nos servirá para situarnos en las épocas correspondientes.

30 MILLONES A.C.: Surgen los primeros hominoideos en África. El “Procónsul” data de hace 22 millones de años. Fuera de África se han hallado restos hominoideos de una antigüedad máxima de 13 millones de años (Ramapithecus, Sirapithecus, en Anatolia y Afganistán.).



Cráneo fósil hominoideo, datado en un millón y medio de años.

          
4 A 5 MILLONES DE AÑOS A.C.: Sólo existe evidencia de la existencia de homínidos bípedos en África oriental y meridional (Kenia, Lagos Victoria y Rodolfo, valles del Nilo y Alberto, Tanzania, Etiopía, Uganda.) Se piensa que es entonces cuando el hombre comienza a tener identidad y acentuarse sus divergencias con el simio. El esqueleto humano sufre rápidas transformaciones en las caderas y en los pies, crece el volumen del cerebro y la mandíbula se sustituye por una curva continua, sin colmillos salientes en los extremos. Desde entonces la anatomía humana no ha cambiado sensiblemente, pero sí sus dimensiones o tamaño. En Laetolil, Tanzania septentrional, se encontraron huellas de dos adultos de 1,1 y 1,4 metros de estatura y 27  kilogramos de peso, con una antigüedad de 4 millones de años. Los australopitecos existieron en África hace entre 4 y 1,7 millones de años. “Lucy” pertenece a una de las especies más antiguas conocidas de Australopiteco.

2 A 5 MILLONES DE AÑOS A.C.: Primer fósil encontrado del género “Homo habilis” en África meridional y oriental. Primeros útiles de piedra en Hadar (Etiopía).

1,5 A 1,7 MILLONES DE AÑOS A.C. Primeros refugios y utensilios de piedra, en África. Aparición del “Homo erectus”. Diversificación de utensilios, hachas de mano y raspadores.



900.000 AÑOS A.C.: Aparecen los primeros homínidos en Asia occidental.

850.000 AÑOS A.C.: Los primeros homínidos llegan a Europa. Comienzo del Paleolítico Inferior europeo. Uso de útiles de guijarros.

450.000 AÑOS A.C.: Comienza la ocupación de China por los homínidos procedentes de Asia occidental.

200.000 AÑOS A.C.: Comienzo del Paleolítico Medio en Europa. Cuchillos y puntas triangulares unidas a mangos de madera.

125.000 AÑOS A.C.: Aparición de las primeras explotaciones de mariscos, para alimentación en África meridional. 



Sepultar a los muertos fue comienzo de vida espiritual.

120.000 AÑOS A.C.: Aparición del hombre de Neandertal en África, Europa y Asia. Primeros enterramientos. Aparición del “Homo sapiens” arcaico en Asia oriental (Java).

100.000 AÑOS A.C.: Evidencia del “Homo sapiens”, el hombre moderno en África oriental y meridional.

50.000 AÑOS A.C.: Poblamiento de Australia desde Asia sudoriental.

35.000 AÑOS A.C.: Comienza en Europa el Paleolítico Superior; aparece el hombre moderno, con una estructura social avanzada, e innovación en la fabricación de útiles.
30.000 AÑOS A.C.: Primera evidencia de pobladores humanos en


América (Pedra furada, Brasil.) Primer arte rupestre en Francia y en el norte de España (Altamira).

25.000 AÑOS A.C.: Rápida extensión de asentamientos en Australia (Tasmania y en las tierras altas de Nueva Guinea)

12.000 AÑOS A.C.: Primeras huellas seguras de ocupación humana en Norteamérica (Meadoweroft, Rock Selter y Pennsilvania). Uso del mortero en el alto Egipto y Nubia, para fabricar harinas con semillas de hierbas silvestres.

10.500 AÑOS A.C.: Primera vasija conocida en el mundo, en el sur de Japón (cueva Fukui).

10.000 AÑOS A.C.: Finaliza la glaciación en Norteamérica, numerosos asentamientos. Comienza la etapa Paleindia, primeras puntas de flecha.

9.000 AÑOS A.C.: Primeras cerámicas Chinas.

8.500 AÑOS A.C.: Primeras pinturas rupestres saharianas que muestran la domesticación de animales.

8300 AÑOS A.C.: Retirada de los glaciares en Europa. Comienza el periodo Mesolítico.

8.000 AÑOS A.C.: Trigo, cebada y legumbres totalmente cultivadas en Asia occidental. En Asia oriental y Oceanía sube el nivel del mar, al final de la Edad del Hielo, esto origina nuevas islas y más kilómetros de costas.

6.000 AÑOS A.C.: Como consecuencia del inicio de la desertización del Sahara, los pueblos imazighen se ven obligados a emigrar hacia el Sur unos y otros hacía las Islas Canarias. A partir de este posible primer poblamiento, las islas fueron recibiendo sucesivas oleadas de pobladores en diferentes época. (Capmbell, 1991: 434-5)

5.200 AÑOS A.C.: Los primeros agricultores de Europa central se expanden hacia el norte y oeste. Avanza la manipulación y fundición de los metales incluido el oro.

4.500 AÑOS A.C.: Uso de la navegación en Mesopotamia.

4.000 AÑOS A.C.: Uso de la vela en Egipto. El Jade importado se usa para ornamentación y armas en China.

3000 A.C.: Fundación de la ciudad fenicia de Tiro. En Egipto está en pleno apogeo el imperio antiguo. En el próximo Oriente, cultura sumeria.

3.500 AÑOS A.C.: Desarrollo en Asia de la primera civilización urbana del mundo (Sumer, Mesopotamia; Urge, Uruk se asiste al primer asentamiento urbano-en todo el área sagrada- comienza a configurarse el modelo del zigurat. Intercambio de mercancías y artículos de Lujo en China, aumento de la estratificación social. Cultivo del algodón en el sur del Perú, fabricación de redes de pesca y tejidos.

3.400 AÑOS A.C.: Primeras ciudades amuralladas en Egipto. Por primera vez se cultiva el Maíz en América del Sur. Gran centro comercial en sumerio en Siria que indica comercio de mercancías a grandes distancias.

3.500-3100 A.C.: Uruk VI-IV. Uso de los ladrillos denominados “riemchen” (prismáticos)

3.200 AÑOS A.C.: Primeros    vehículos con ruedas, encontrados en Hungría. Templos megalíticos en las islas británicas y norte de Francia. (Bretaña)

3.000 AÑOS A.C.: Construcción de ciudades amuralladas en Europa, desarrollo de clases sociales superiores y de la industria metalúrgica. Evidencia de los primeros jeroglíficos egipcios.

2.700 AÑOS A.C.: Comienzo del antiguo imperio egipcio. Tejidos de seda  en China y artefactos de bronce. Primeras pirámides (escalonadas).


2.500 AÑOS A.C.: Comienzo de la desecación del Sahara. Ya han sido construidas las pirámides de Keops y Kefren. Primera escritura silábica en Asia occidental; surgen las primeras ciudades estado con conglomerado de grandes palacios. Uso del carro de cuatro ruedas en Mesopotamia. Comercio a grandes distancias en América. Vasos campaniformes en los asentamientos  europeos. Primeros animales domésticos en Asia sudoriental. Incendio de la ciudad de Biblos. Cultura acadíca. Imperio medio en Egipto.

2.000 A.C.: Tumbas reales en Biblos. Próximo Oriente Código de Amurabi. Entra en escena Moisés. Surgen los palacios cretenses.

2300 AÑOS A.C.: Comienza la edad del Bronce europea. Primera cerámica en Mesoamérica. Las ciudades estado se unen en Mesopotamia constituyendo el primer imperio del Viejo Mundo. 



Pirámide  en Hawara, Egipto. Imperio Antiguo.
Fotografía: Archivo del autor


2.150 AÑOS A.C.: Colapso del imperio antiguo egipcio, cien años más tarde se establece el imperio medio egipcio.

 2.000 AÑOS A.C.: Asentamientos fortificados en Europa indican un fuerte impulso de crecimiento demográfico y económico. Formación de estados en la Creta Minoica, construcción de los palacios de Cnoso, Malia, Zakkro y Phaistos, cada uno centro de una ciudad. Primeras cerámicas y cultivo a gran escala en los Andes (Perú)

1.500 A.C.: Rib-Addi de Biblos. Ahiran de Biblos. Zakarbaal de Biblos. En Egipto: Imperio Nuevo. Akhenatón.Ransés II. Viaje de Unamon. Próximo Oriente: Amorreos. Micenas: Guerra de Troya. Fundación de Utica. Fenicios en Sicilia. Fundación de Lixus. Fundación de Gadir. (Cádiz)

1.100 A.C.: Los fenicios se establecen en Iberia (España), es posible que a partir de esta fecha los fenicios de Gadir (Cádiz) frecuentaran las Islas Canarias para la pesca de túnidos, en sus aguas, extracción de orchilla etc.

1.900 AÑOS A.C.: Escritura jeroglífica cretense.

1.800 AÑOS A.C.: Aparición de la civilización Shang en el nordeste de China, asentamientos urbanos. Introducción del caballo en Egipto. Carro de guerra de dos ruedas en el Próximo Oriente, innovaciones en el armamento y en el arte militar.

1.700 AÑOS A.C.: Armadura de Bronce en el Próximo Oriente, Babilonia domina temporalmente Mesopotamia.

1.650 AÑOS A.C.: Escritura A lineal (Creta y Cícladas). Se forma el estado hitita por la unión de las ciudades estado de Anatolia (Bogazkoy, capital fuertemente fortificada)

1500 AÑOS A.C.: Comienza el periodo micénico en Grecia. Cultivo de arroz por irrigación en Coréa. Primeros trabajos de metal en Perú. Fundación de Deir el-Medina, ciudad de los artistas responsables de las tumbas reales egipcias.

1.337 AÑOS A.C.: El faraón Tutankhamon es enterrado en una lujosa tumba en el Valle de los Reyes. (Egipto)

1.200 AÑOS A.C.: Colapso del imperio hitita. Comienza la primera civilización (Olmeca) urbana en Mesoamérica. En la China de Shang se sofistica la industria del bronce. Carros esculpidos en  rocas en el Sahara.

1.116 AÑOS A.C.: Muere Ramsés III, el último gran faraón egipcio.

1.150 AÑOS A.C.: Colapso de la Grecia Micénica, palacios y ciudades son abandonados, comienza la edad oscura griega.

1.085 A.C.: Caída del imperio Nuevo en Egipto.

1.027 AÑOS A.C.: La dinastía Chou reemplaza a la Shang en China.

1.000 AÑOS A.C.: Se establece la industria del hierro en el Hegeo y la Europa central. Los fenicios se convierten en la principal potencia marítima, se extiende el alfabeto fenicio. Redes de intercambiocomercial a grandes distancias en Australia. Comienza la cultura de Adena en las boscosas tierras orientales de Norteamérica,

grandes enterramientos bajo túmulos. Desarrollo de grandes sociedades en los Andes centrales. Aparición del reino de Israel con Jerusalén como capital.

950 AÑOS A.C.: Fundación del poderoso imperio Asirio.

900 A.C..: Final de la edad Oscura Griega, comienzo del periodo geométrico, resurge el comercio con el Oriente próximo. Fundación en África del reino de Kush. Comienzo de la civilización Chavin en los Andes. Establecimiento del reino de Urartu,  en Armenia, que logra resistir la expansión Asiria.

850 AÑOS A.C.: Primeros asentamientos en Roma: un grupo de cabañas en el monte Palatino.

800 AÑOS A.C.: Los celtas se asientan al este y norte de los Alpes, primera face de su Edad de Hierro que se conoció como Hallstatt. Surgen las ciudades estado etruscas en el centro de Italia. Aparecen ciudades estado en el valle del Ganges, sustentadas por el cultivo de arroz. Primera escritura en América (Zapocateca). Intensivo cultivo del maíz en las llanuras del Amazonas, densas sociedades jerárquicas dejan numerosos depósitos de restos organicos.

750 AÑOS A.C.: Primeras inscripciones del alfabeto griego. Asentamiento fenicio en Cartago. Colonias griegas en el Asia Mediterránea y en las costas del Mar Negro.

700 AÑOS A.C.: Comienza  el periodo arcaico en Grecia, templos, teatros, gimnasios y otros edificios públicos.

690 AÑOS A.C.: La escritura etrusca se desarrolla a partir de la griega. 650: AÑOS Primeras monedas de uso en Lidia (Asia Menor). 612: AÑOS Caída del imperio Asirio; Ninrud y Ninive  son saqueadas.

600 AÑOS A.C.: Los ricos carros funerarios celtas de los Alpes reflejan el poder y bienestar económico de este pueblo que comercia con los etruscos y los griegos. La capital de Nubia (África) se traslada a Meroe, pronto se convierte en el primer centro de trabajo del hierro. En la India se utiliza el elefante en la guerra. Roma se convierte en centro urbano. Avanza la escritura latina. Primeras monedas griegas. 563 A.C.: Nacimiento del fundador del budismo (Sidaharta Gautama, Sakyamuni), en el norte de la India.

550 AÑOS A.C.: Primera producción significativa de hierro en China; fabricación del hierro colado. Surgen estado alrededor del Mar Rojo y del golfo de Adén. El zoroastraísmo se convierte en la religión oficial de Persia. El vasto imperio aquemenida de Persia se extiende desde Egipto hasta el Indo.

521 AÑOS A.C.: Darío I el Grande gobierna el imperio persa.

500 AÑOS A.C.: Terminación del templo de Júpiter Optimo en el Capitolio de Roma. Carretera real persa desde Sardis  hasta Susa. Principio del sistema monetario en China. América, primeros jeroglíficos en Monte Alba (Oaxaca). Darío Y termina el canal que une el Nilo con  el Mar Rojo. Segunda etapa de la Edad de Hierro conocida como La Téne. Surgimiento del periodo clásico griego.


478 AÑOS A.C.: Fundación de la Liga de Delos, más tarde se transformaría en el imperio ateniense. 460: El pergamino reemplaza a las tablillas de arcilla, en los documentos persas escritos en arameo. 432: Terminación del Paternón. Atenas alcanza su mayor esplendor.

425 A.C.: El almirante cartaginés Hannon emprende un periplo de circunvalación del continente africano, es probables que estuviese en las Islas Canarias a juzgar por los indicios de la cultura púnica que se encuentran en las islas.

400 AÑOS A.C.: Colonización Celta del norte de Italia. Cartago  domina el Mediterráneo oriental, la ciudad se reorganiza en cuadrículas y se construyen nuevas fortificaciones. 390: Los Celtas saquean Roma. 380: Se refuerza la defensa de Roma con la maciza muralla Servicio. Florecimiento de Chavin de Huantar (Perú), un gran templo con numerosos objetos de culto. El trabajo del hierro es introducido en Corea. 350: En China se inventa la ballesta

334-329 AÑOS A.C.: Alejandro el Grande de Macedonia invade Asia Menor, conquista Egipto y Persia y llega a la India, principio del helenismo en Asia. 331: Fundación de Alejandría.

300 AÑOS A.C.: Aparición de la moneda celta y formaciones incipientes de estados celtas. Aparición de rasgos típicos de la civilización Maya (centros ceremoniales y escritura).

250 AÑOS A.C.: Escritura alfabética brahin en la India. Aparición de los primeros monumentos  budistas de la India. Primeros asentamientos urbanos en China oriental provistos de murallas y fosos. Toda Italia es controlada por Roma. Unificación de China por la dinatía Qin; Shih Huang-ti, el primer emperador, construye la Gran Muralla China: en el año 210 a.C. es enterrado en un gran mausoleo con un ejército de terracotas a tamaño real. Roma domina Iberia.

200 AÑOS A.C.: Primera utilización del hormigón en Roma (Pórtico Aemibia). Aparición de la civilización Nazca en la costa sur del Peú. Las líneas nazcas, dibujos sobre el terreno de enormes proporciones en la planicies desérticas del Perú meridional.

146 AÑOS A.C.: Los romanos destruyen los estados griegos y Cartago. Los artistas griegos son llevados a Roma, así como numerosas obras de arte, la cultura griega continúa siendo importante durante muchos siglos después. Los romanos se apoderan del imperio cartaginés. Comienzan las visitas esporádicas de los romanos a las Islas Canarias, según se desprende de los indicios arqueológicos y escrituras lapidarias existentes en las islas.

100 AÑOS A.C.: Desarrollo de “oppida”  en Europa occidental, grandes asentamientos fortificados con casas, talleres de artesanos y almacenes, son el precedente de las futuras ciudades europeas. Introducción del camello en el Sahara. Difusión de ideas y religiones indias hacía Asia sudoriental, a través de las rutas comerciales marítimas.

50 AÑOS A.C.: Comercio de la seda china con Roma. Primeras imágenes humanas de Buda. Introducción del calendario Juliano que sobrevivió hasta ser reemplazado por el calendario gregoriano en el año 1582 D.C. Roma es la ciudad mayor del mundo con

un millón de habitantes. Comienza la expansión del reino de Axum (Etiopía.) La ciudad de Teotihuacán, México central, construida según un plano rectangular.

1 AÑO D.C.: Comienza la era histórica más negativa para la humanidad con el nacimiento de la secta religiosa denominada Cristiana. Asia extensos proyectos de irrigación en Ceilán. Descubrimiento de los vientos monzones que propician el comercio marítimo entre la India y el Mar Rojo. América: Moche (Perú norte) famoso por su alfarería y por su oro. Surgen culturas complejas en la costa norte del Pacífico; arte sofisticado en madera y cortezas. Cesteros II en el sudeste de América de Norte. Aldeas de hasta once casas circulares.

            79 AÑOS D.C.: Pompeya y Herculano son sepultadas por la violenta erupción del Vesubio, la mayor catástrofe del mundo antiguo.

100 AÑOS D.C.: El ejército romano dispone de trescientos mil hombres que se concentran en la defensa de fronteras y expansión del imperio. Uso del papel en China. El Rey Mauritano Juba II, teniendo conocimiento de la Islas Canarias posiblemente a través de los libros de la biblioteca de Cartago (libros púnice) que les fueron regalados a Juba por el senado romano, éste ordena una expedición de reconocimiento, dando cuenta los expedicionarios de cinco de las mismas.

150 AÑOS D.C.: Construcción de la Pirámide del Sol en Tiotihuacán, la mayor estructura en tierras americanas, antes de la llegada de los europeos.

200 AÑOS D.C.: Aparecen las primeras ciudades en la meseta de Decán (India). Desaparición de la cultura lapita, en el Pacífico occidental. Aparición de estados nativos en Corea.

220 AÑOS D.C.: Colapso de la dinastía Han (dominó China desde el año 206 A.C., con capital en  Chang`an); China se divide en tres estados independientes.

271 AÑOS D.C.: Utilización de la brújula en China.

285 AÑOS D.C.: Separación administrativa de la zona oriental y occidental del imperio romano.

300 AÑOS A.C.: Aumenta la centralización en Europa, pequeños reinos, producción a gran escala del hierro. Declive de los reinos árabes meridionales como comerciantes por vía terrestre, toma su lugar el reino de Axum, por vía marítima. Formación del estado Yamato en Japón y difusión de la agricultura por irrigación del arroz. Comienza el periodo clásico de la civilización Maya, aparición de verdaderas ciudades y estados. Los “Unos” invaden China.

314 AÑOS D.C.: Inmediatamente después de su plena legalización, la iglesia cristiana, confesión religiosa cimentada sobre océanos de sangre ajena, programa la estrategia de ataques a  otras confesiones religiosas: el concilio de Ancyra denuncia el culto a la Diosa Artemis.

320 AÑOS D.C.: Chandragupta I funda el imperio Gupta en el norte de la India, que es derribado en el 480.

 324 AÑOS D.C.: El emperador Constantino declara el cristianismo como la única religión oficial de Imperio Romano. En Dydima, en Asia Menor, saquea el oráculo del dios Apolo y tortura a los sacerdotes hasta la muerte. También desahucia a todos los paganos del monte Athos y destruye todos los templos paganos del lugar.

326 AÑOS D.C.: El emperador Constantino, siguiendo las instrucciones de su madre Helena, fanática de la secta cristiana, destruye el templo del dios Asclepio en Ageai de Cilicia y muchos templos de la Diosa Afrodita en Jerusalén, Afaka, Mambre, Baalbek, etc.

330 AÑOS D.C.: Constantino funda Constantinopla, capital del imperio romano oriental.
Roba los tesoros y las estatuas de los templos paganos de Grecia para decorar Nova Roma (Constantinopla), la capital de su imperio.

335 AÑOS D.C.: El emperador Constantino continúa saqueando muchos templos paganos de Asia Menor y Palestina y ordena la ejecución por crucifixión de “todos los magos y adivinos”. Martirio del filósofo neoplatónico Sopatro.

341 AÑOS D.C.: El emperador Flavio Julio Constancio persigue “a todos los adivinos y helenistas”. Muchos paganos griegos son o bien encarcelados o bien ejecutados.

346 D.C.: Nuevas persecuciones a gran escala contra los paganos en Constantinopla. Destierro del famoso orador Libanio acusado de “Mago”.

350 AÑOS D.C.: Se inventa el estribo en China.

353 AÑOS D.C.: Un decreto de Constancio ordena la pena de muerte para toda clase de culto con sacrificios e “Ídolos”.

354 D.C.: Un nuevo decreto ordena el cierre de todos los templos paganos. Algunos de ellos son profanados y los convierten en burdeles o salas de juego. Ejecución de sacerdotes paganos. Un nuevo edicto de Constantino ordena la destrucción de los templos paganos y la ejecución de todos los paganos “Idolatras” . Primera quema de bibliotecas de varias ciudades del Imperio. Las primeras fábricas de cal se construyen al lado de los templos paganos cerrados. Una gran parte de la arquitectura sagrada de los paganos se convierte en cal.

357 AÑOS D.C.: Constantino proscribe todos métodos de adivinación (sin excluir la astrología)

359 AÑOS D.C.: En Skythopolis, Siria, los cristianos organizan el primer campo de concentración para la tortura y ejecución de los paganos arrestados en cualquier parte del imperio.

361 a 363 AÑOS D.C.: En Constantinopla (11 de diciembre de 361) el emperador pagano Flavio Claudio Juliano declara tolerancia religiosa y restaura los cultos paganos.

 363 AÑOS D.C.: Asesinato del emperador Juliano (26 de junio)

 364 AÑOS D.C.: El emperador Flavio Joviano ordena que se queme la biblioteca de Antioquia. Un edicto imperial (11 de septiembre) ordena la pena de muerte para todos los paganos que rindan culto a sus dioses ancestrales o practiquen la adivinación (“sileat omnibus perpetuo divinandi curiositas”.) Tres decretos diferentes (4 de febrero, 9 de septiembre, 23 de diciembre) ordenan la confiscación de todas las propiedades de los templos paganos y castiga con pena de muerte la participación en rituales paganos, incluso los privados.

365 AÑOS D.C.: Un decreto Imperial (17 de noviembre) prohíbe a los funcionarios paganos que comanden a soldados cristianos.

370 AÑOS D.C.: El emperador Valens ordena una tremenda persecución contra los paganos en toda la parte oriental del imperio. En Antioquía, se ejecuta entre otros muchos paganos, al ex gobernador Fidustio y a los sacerdotes Hilario y Patricio. Se queman montones de libros en las plazas de las ciudades del Este del imperio. Se persigue a todos los amigos de Juliano (Orebasio, Salustio, Pegaso etc.). Queman vivo al filósofo Simonides y decapitan al filósofo Máximo.

372 AÑOS D.C.: El emperador Valens ordena al gobernador de Asia Menor que extermine a todos los helenos y todos los documentos relativos a su sabiduría.

373 AÑOS D.C.: Nueva prohibición de todos los métodos de adivinación. El término “pagano” (pagani, o aldeano) es introducido por los cristianos para despreciar a los gentiles.

375 AÑOS D.C.: Se cierra el templo del dios Asclepio en Epidauro, en Grecia.

380 AÑOS D.C.: El 27 de febrero, un edicto del emperador Flavio Teodosio convierte el cristianismo en la religión oficial del Imperio Romano, requiriendo que “todas las naciones que están sujetas a nuestra clemencia y moderación deben continuar  practicando la religión que fue entregada a los romanos por el divino apóstol Pedro”.

Los no-cristianos son llamados “repugnantes, herejes, estúpidos y ciegos”. En otro decreto, Teodosio llama “locos” a todos aquellos que no creen en el dios cristiano y prohibe toda discrepancia con los dogmas de la iglesia. Ambrosio, obispo de Milán, empieza a destruir todos los templos paganos de su zona. Los sacerdotes cristianos dirigen a la población hambrienta contra el templo de la Diosa Demeter en Eleusis e intentan linchar a los sacerdotes paganos, Nestorio, de 95 años de edad, termina los misterios de Eleusis y anuncia la predominancia de la oscuridad mental sobre la raza humana.

381 AÑOS D.C.: El 2 de mayo, Teodosio priva de todos sus derechos a los cristianos que vuelvan a practicar su religión pagana. En toda la mitad oriental del imperio se saquean o queman templos y bibliotecas. El 21 de diciembre Teodosio prohibe las bibliotecas paganas. El 21 de diciembre, Teodosio prohibe incluso las simples visitas a los templos de los Helenos. En Constantinopla, el templo de la Diosa Afrodita se convierte en un burdel y los templos de Helio y de Artemis, en establos.

382 AÑOS D.C.: “Hellelu-jah” (Gloria a Yahveh) se impone en las misas cristianas.

384 AÑOS D.C.: El emperador Teodosio ordena al pretor prefecto Maternus Cynegius, un devoto cristiano, que coopere con los obispos locales y destruya los templos de los paganos en el Norte de Grecia y Asia Menor.

385 a 388 AÑOS D.C.: Maternus Cynegius animado por su fanática esposa y el obispo (“San”) Marcelo barren con sus bandas todo el país, saqueando y destruyendo cientos de templos helénicos, relicarios y altares. Entre otros templos, destruyen el templo de Edesa, el Kabeireion de Imbros, el templo de Zeus en Apamea, el templo de Apolo en Dydima y todos los templos de Palmira. Miles de inocentes paganos de todas las zonas del Imperio son martirizados en los terroríficos campos de concentración de Skythopolis.

386 AÑOS D.C.: El emperador prohibe (16 de junio) el cuidado de los templos de la Diosa saqueados.

388 AÑOS D.C.: Por voluntad de Teodosio, se prohiben las charlas públicas sobre temas religiosos. El viejo orador Libanio envía su famosa epístola “Pro Templis” a Teodosio con la esperanza de que los pocos templos helénicos restantes sean respetados y conservados.

389-390 AÑOS D.C.: Se prohiben todas las fechas señaladas que no sean cristianas. Hordas de ermitaños fanáticos del desierto inundan las ciudades de Oriente Medio y Egipto destruyendo estatuas, altares, bibliotecas y templos de otras religiones y linchando a los creyentes. Teófilo, patriarca de Alejandría, da comienzo a duras persecuciones contra los seguidores de las antiguas religiones, convierte el templo de Dionisio en una iglesia cristiana, quema el Mithraeum de la ciudad, destruye el templo de Zeus y escarnece a los sacerdotes antes de ser asesinados a pedradas. El populacho cristiano profana las imágenes de culto.

391 AÑOS D.C.: El 24 de febrero, un nuevo decreto de Todosio no sólo prohibe la visita a los templos de la religiones no cristianas sino también el mirar las estatuas destrozadas. Nuevas y terribles persecuciones por todo el imperio. En Alejandría los paganos liderados por el filósofo Olympio, organizan una revuelta y después de algunas peleas callejeras se encierran con llave dentro del templo fortificado del dios Serapis (El Serapeion). Después de un violento cerco, los cristianos toman el edificio, lo derriban, queman su famosa biblioteca y profanan las imágenes de culto.

392 AÑOS D.C.: El 8 de noviembre, el emperador Teodosio prohibe todos los rituales que no sean cristianos y los denomina “superticiones de los gentiles” (gentilicia supertitio). Nuevas persecuciones a gran escala contra los paganos. Clausuran los misterios de Samotracia y asesinan a sus sacerdotes. En Chipre, los obispos locales (“San”) Epifanio y (“San”) Tychon destruyen casi todos los templos de la isla y exterminan a cientos de paganos. Los misterios locales de la Diosa Afrodita son también clausurados. El edicto de Todosio declara que “aquellos que no obedezcan al padre Epifanio no tienen derecho a seguir viviendo en esa isla”. Los paganos se sublevan contra el emperador y la iglesia en Petra, Aeropolis, Rafia. Gaza, Baalbek y otras ciudades de Oriente Medio.

lunes, 29 de julio de 2013

LA DIOSA MADRE EN LAS ISLAS CANARIAS-0




(Libro inédito)


Eduardo Pedro García Rodríguez

DEDICATORIA:

 

AL SUFRIDO PUEBLO CANARIO

EN LA CERTIDUMBRE DE
QUE UN DÍA NO LEJANO
BRILLARÁ EN NUESTRA MATRIA
LA SOL DE LA LIBERTAD ESPIRITUAL Y MATERIAL.




                                        Señora de los tres caminos ante ti está un hombre que
ha andado mucho.

                                               Señora de los tres caminos ante ti está un hombre
                                   que ha andado mucho sobre sus manos que ha andado
                                   sobre sus pies que ha andado sobre su panza que ha andado
sobre sus nalgas.

Desde Elam. Desde Akkad. Desde Sumer.
Señora de los tres caminos ante ti está un hombre que
ha cargado mucho.

De verdad amigos, he venido cargado desde Elam,
Desde Akkad, desde Sumer.

                                                           CÉSAIRE




AGRADECIMIENTO




 A mis hijos espirituales:
 Acerina Ait Anaga y Rukaden Teguise Arehukas.
Quienes han surgido del vientre de La Diosa Madre para ser guías y ejemplo de nuestros hermanos guanches y de la humanidad en general.

También por su inestimable ayuda en la corrección de este modesto trabajo.


RECONOCIMIENTOS

Deseo expresar mi especial consideración a los siguientes investigadores y escritores que bien dándome oportunas y acertadas indicaciones o bien permitiéndome hacer uso y “abuso” de sus trabajos científicos han hecho posible que este modesto trabajo esté debidamente documentado. A todos ellos, mi gratitud y reconocimiento.

Al autor de ¿España una entelequia? Tomado de: http://www.berrom.com/espa%C3%B1a-una-entelequia.htm

Doña, Francisca Martín-Cano Abreu

Doctor D. Francisco García –Talavera Cazañas

Doctor D. Rafael González Antón

Doctor Rafael Muñoz Jiménez

Doctora Dña. Mari Cruz del Arco Aguilar

Profesor D. José Antonio Delgado Delgado,

D. Karlheinz Deschner

D. Vicente París

D. José Antonio Campoy

D. Bordeaux-Szekeylly (Evangelio Esenio)

Sra. Julieta Sepich

Doctor D. Luis Fernández Orihuela

D. Carlos Cansado


D. Patrice Guinar, CURA

D. Anxón Aguirre Sorondo
Dr. D. Ignacio Reyes García.




                                             
QUIEN DOMINA TU CULTURA DOMINA TU PUEBLO.



                        UNA HISTORIA PROPIA NO SÓLO ES NECESARIA
                        PARA EXPLICAR EL PRESENTE, SINO TAMBIÉN
                        PARA FUNDAMENTAR EL FUTURO.

                        EL FUTURO, EN ESTOS CASOS, ES ANTE TODO
LIBERACIÓN, LA RECUPERACIÓN DEL DERECHO
DE CONDUCIR EL PROPIO DESTINO.

UNA HISTORIA EXPROPIADA ES LA CANCELACIÓN
DE LA ESPERANZA Y LA SUMISA RENUNCIA
A CUALQUIER FORMA DE IDENTIDAD.

                                                       Guillermo Bonfil Batalla.



                                     





                                       









           




                                                                      

martes, 23 de julio de 2013

PLEITO DE LOS GUANCHES POR LA POSESION DE LA IMAGEN DE LA DIOSA CHAXIRAXI-II








Guayre Adarguma Anez’ Ram n Yghasen

Viene de la entrega anterior.

En el pleito e causa que entre partes de la una Pedro Hernández e Diego Díaz de Vera, Francisco Hernández, Hernando de Ibaute e los demás sus consortes, Naturales de la isla de Tenerife y Diego Peñafiel en su nombre, y de la otra Cristóbal Trujillo de la Coba, Regidor de la dicha Isla, del Concejo, Justicia e Regimiento de ella que salió ala
causa, e Juan López, Procurador, en su nombre sobre haberles inquietado en la posesión que alegan tener de sacar la Imagen de Nuestra Señora de Candelaria en procesiones, y sobre lo demás contenido en //Folº. 56 rtº.// su querella que por caso de Corte pende en esta Audiencia___________________________________________________________

(Al margen: Sentencia) Fallamos los dichos Pedro Hernández, Diego Díaz de Vera, y consortes, haber probado su querella como probarles convino para haber victoria en esta causa en lo que de yuso será contenido, e los dichos Cristóbal Trujillo de la Coba, y el dicho Concejo no haber probado cosa que les excuse de condenación, atento a lo cual debemos de amparar e amparamos a los dichos Naturales en la posesión que han tenido de sacar la dicha Imagen de Nuestra Señora de Candelaria, desde su altar hasta San Blas y volverla a el dicho su altar y lo mismo se entienda en cualquier otra procesión Que se hiciere con su bendita Imaeen. en la cual/ /Folº. 56 vtº./ / dicha posesión les amparamos y defendemos y mandamos que en ella no sean inquietados, ni perturbados so pena de cada cinquenta mil maravedíes para la Cámara e Fisco de Su Majestad y estrados de esta Audiencia con que esto no se entienda con el Gobernador de la dicha Isla de Tenerife e por su ausencia con su lugarteniente, los cuales puedan sin su consentimiento de los dichos Naturales, ni sin pedírselo ayudar a llevar las andas de la dicha Imagen, poniéndose en el lugar que les pareciere, y ansí juzgando lo pronunciamos e mandamos por esta nuestra sentencia definitiva e por causas que nos mueven condenamos a el dicho Cris- / /Folº. 57 rtº.// tóbal Trujillo de la Coba en todas las costas deste proceso justamente hechas, cuya tasación e nos reservamos= El Licenciado Aldaya= El do(c)tor Francisco Ramírez de
Montalvo= El Licenciado Luis de Guzmán= La cual dicha sentencia por nos fue pronunciada estando en audiencia pública. Martes, diez y siete días del mes de Noviembre pasado de este año= E habiendo sido notificada a los Procuradores de las partes por la parte del dicho Concejo, Justicia e Regimiento de esa Isla, fue suplicada della para ante nos, e por parte del dicho Pedro Hernández asímismo fue suplicada de ella, en lo que va contra él, en lo tocante a el dicho Cristóbal Trujillo de la Coba, e por nos le fue mandado que expresasen agravios / /Folº. 57 vtº./ / e les fue mandado después de lo cual en veinte y ocho días del dicho mes de Noviembre pasado deste año así por la parte del dicho Concejo, Justicia e Regimiento, como por la del dicho Cristóbal Trujillo de la Coba por sus escritos que ante nos presentó, Dijo: que apelaba de la dicha sentencia para ante Su Majestad, y señores de su Consejo para allí abajo, para ante quien podía y de derecho debía e pidió que se otorgasen sus apelaciones, las cuales contradijo la parte de los dichos Naturales diciendo que no había lugar porque venían fuera de tiempo e que se había de ejecutar la dicha sentencia, lo cual siendo por / /Folº. 58 rtº./ / nos visto, mandamos que se ejecutase la dicha sentencia posesoria e dimos traslado de la dicha apelación a la parte de los dichos Naturales y le fue notificado por parte de los cuales nos fue pedida ejecutoria, e que nombrásemos persona para que lo ejecutase, lo cual siendo por nos visto mandamos que se le diese la dicha ejecutoria e los nombramos para que cumpliésedes la dicha sentencia en lo tocante a la dicha posesion e para ello dimos esta provisión ejecutoria a la parte de los dichos Naturales para vos e la dicha razón por a cual os mandamos que veáis la dicha sentencia e vista, vayáis a el dicho lugar de Candelaria con vara de Justicia //Folº. 58 vtº.// y en el día de Nuestra Señora de Candelaria e otros días que se hubieren de hacer procesiones como lo han de costumbre sacando la bendita Imagen de Nuestra Señora de Candelaria en sus andas e procesión y amparad e amparéis a los dichos Naturales en 1a posesión que han tenido de sacar la dicha bendita Imagen de Nuestra Señora de Candelaria desde su altar, e hasta San Blas y volverla a el dicho su altar, y lo mismo en cualquiera otras procesiones que se hicieren con su bendita Imagen, y en la dicha procesión les amparad y defended y que no sean inquietados ni perturbados so las penas contenidas en la dicha sentencia, la cual cumpliréis en todo y por todo //Folº. 59 rtº.// como en ellas se contiene y mandamos a las Justicias de esa Isla a sus ministros e a los vecinos de esa Isla, y estantes, y habitantes en ella que os den y hagan dar todo el favor e ayuda que para ello fuere necesario e les pidiéredes y acudan a vuestros llamamientos e hagan e cumplan lo que de nuestra parte les mandáredes, so la pena y penas que de nuestra parte les pusiéredes en las cuales les habemos por condenados, lo contrario haciendo que para todo ello, y lo dello dependiente os damos comisión en forma y mandamos a cualquiera Escribano público de esa Isla que os la notifique, y dé testimonio del cumplimiento.

Dada en Canaria a siete días del mes de Diciembre, de mil quinientos y ochenta y siete años= El Licenciado Aldaya= El do(c)tor Francisco Ramírez de Montalvo= El Licenciado Luis de Guzmán=_______________________________________________

Yo Alonso de Espinosa Castro, Escribano de Su Magestad y de la Real Audiencia de Canaria la hice escribir por su mandado= E presentada luego el dicho Pedro Hernández pidió e requirió a el dicho Bachiller Juan Pereira de Lugo, la guarde e cumpla y ejecute como en ellas se contiene y lo pidió por testimonio. Testigos: Pedro Gil, mercader, e José Hernández Escribano público deste lugar= Juan Benítez Zuazo, Escribano público=­

E luego el dicho Bachiller Juan //Folº. 60 rtº.// Pereira de Lugo, dijo obedecía, e obedeció .la dicha Provisión ejecutoria de la dicha Real Audiencia de Canaria, y que está presto de la cumplir y ejecutar y cumplirá a el tiempo que la dicha provisión le manda y lo firmó de su nombre. Testigos, los dichos el Bachiller Pereira de Lugo= Pasó
ante mí= Juan Benítez Zuazo, Escribano público=______________________________

E después de lo susodicho en el lugar de Candelaria desta dicha isla de Tenerife, en primero día del mes de Febrero de mil y quinientos e ochenta y ocho años= El bachiller Juan Pereira de Lugo por presencia de mí Alonso Gallegos, Escribano público desta dicha Isla por el Rey nuestro //Folº. 60 vtº.// Señor, Dijo: Que a él se le ha presentado la provisión ejecutoria desta otra parte contenida por parte de Pedro Hernández, Natural de esta isla, por sí, y en nombre de los demás Naturales della, en el Lugar de la Orotava, la cual es sobre y en razón de la posesión que la dicha Real Audiencia les ha mandado dar con el amparo de ella, que es el llevar la bendita Imagen de Nuestra Señora de Candelaria y sacarla ellos y no otros algunos en las procesiones que con ella se hacen la cual dicha provisión hubo por presentada e por su auto, Dijo: que estaba presto de la cumplir en todo y por todo, según que en ella se contiene / /Folº. 61 rtº./ / ese le manda como consta del dicho auto proveído en el dicho lugar de la Orotava que es el de arriba
contenido, e que él en cumplimiento de la dicha provisión ha venido a este dicho lugar según que se le manda con vara alta de Justicia, y por que el día de mañana que es cuando la bendita Imagen se ha de sacar y llevar en procesión desde su Casa ala de San Blas, y volverla, es día muy ocupado así por la solemnidad de la fiesta, y divinos oficios que se han de hacer como por el concurso de la mucha gente que ha ocurrido a la dicha Casa de Nuestra Señora, y los autos que en razón de //Folº. 61 vtº.// lo dicho se debieren de hacer con la Justicia ordinaria por lo dicho serían con dificultad por el lugar no ser cómodo y oportuno; y para que no haya ningún impedimento por donde la dicha provisión se deje de cumplir, según que la dicha Real Audiencia lo manda, y en todo tenga cumplido efecto y cesen cualesquier escándalos e inconvenientes que podrían resultar sobre el dar de la dicha posesión e amparo de ella, mandaba e mandó a mí el presente Escribano, intime, lea e notifique la dicha provisión ejecutoria ala justicia ordinaria desta Isla, para que tenga ciencia / /Folº. 62 rtº./ / de lo en ella contenido, e para que siendo necesario al tiempo y cuando se hubiere de dar la dicha posesión e amparo a los dichos Naturales que como dicho es ha de ser mañana, dicho día de este presente mes de Febrero, le den y hagan dar todo el favor, e ayuda que para lo susodicho convenga y sea necesario para que en todo se cumpla lo que la dicha Real Audiencia manda, so las penas contenidas en la dicha provisión ejecutoria demás que procederá a otras mayores, e así lo proveo e mando= El Bachiller Pereira de Lugo= Alonso Gallegos, Escribano público //Folº. 62 vtº.//.

E luego en este día, yo el dicho Escribano leí e notifiqué el dicho auto e provisión de la dicha Real Audiencia a el Capitán Juan Núñez de la Fuente, Gobernador desta Isla e al doctor don Alonso Pacheco su teniente los cuales dijeron que están prestos de dar a el dicho ejecutor el favor e ayuda de que tuvieren necesidad, para que la dicha ejecutoria
de la dicha Real Audiencia tenga su entero cumplimiento e lo firmaron= Juan Núñez= El doctor don Alonso Pacheco= Alonso Gallegos, Escribano público=______________

E después de lo susodicho, en dos días del dicho mes de Febrero del dicho año, de mil y quinientos e ochenta e ocho años por presencia de mí, el dicho Alonso Gallegos, Escribano público e de los testigos de yuso escritos //Folº. 63 vtº.// estando en la dicha iglesia de Nuestra Señora de Candelaria, junto a el altar mayor de la dicha iglesia antes
de la misa mayor, estando en la dicha iglesia la Justicia ordinaria de esta Isla que es el Capitán Juan Núñez de la Fuente, Gobernador de esta .Isla y el doctor don Alonso Pacheco, su teniente, y Luis de Samartín, y Lope de Asoca, Regidores; y otras muchas personas, vecinos y estantes en esta Isla, e queriendo salir en procesión y en ella llevar a
la dicha Imagen de Nuestra Señora, pareció presente el dicho Pedro Hernández y Juan Fernández, de Arico, e Francisco González e Diego Díaz, e Martín Cabeza, e Salvador González, Juan García Izquierdo y otros muchos naturales desta / /Folº. 63 vtº./ / Isla que para llevar la dicha Santa Imagen allí estaban, y se habían congregado y pidieron a
el Bachiller Juan Pereira de Lugo que en la dicha iglesia y junto a la dicha Santa Imagen estaba con vara alta de Justicia que en cumplimiento de la dicha provisión ejecutoria que tienen presentada por sí y en nombre de todos los demas naturales desta Isla, les diese la posesión que la Real Audiencia les mandaba dar, y les amparase y defendiese en ella e no consintiese ni diese lugar a que fueren perturbados en ella, y el dicho Bachiller Juan Pereira habiendo oído y entendido lo de suso, Dijo: que en cumplimiento de la dicha Provisión ejecutoria / /Folº. 64 rtº./ / él estaba presto de darles la posesión que la dicha Real Audiencia manda, y en su cumplimiento tomó por la mano a el dicho Juan Fernández de Arico e Martín Cabeza e Francisco González e Diego Díaz, y les entregó los brazos de las andas donde estaba puesta la dicha santa Imagen de Nuestra Señora para que la llevasen en la dicha procesión, hasta la iglesia de San Blas y la volviesen atraer a su Santa Casa, y así los susodichos la bajaron de lo alto de donde estaba la dicha Imagen y la llevaron en los hombros con otros muchos de los dichos Naturales que junto a la dicha Imagen e iban sin que ninguna persona se lo impidiese, ni estorbase / /Folº. 64 vtº./ / quitándose unos y poniéndose otros de los dichos Naturales hasta llegar con la dicha santa Imagen ala dicha iglesia de San Blas y así por esta mesma orden volvieron a traerla hasta su Santa Casa en procesión, y los dichos Naturales me pidieron así lo diese por testimonio para que en todo tiempo conste de lo susodicho, y se entienda haberse cumplido con la dicha Provisión ejecutoria, e yo el dicho Escribano doy fé, y verdadero testimonio que todo lo dicho es y pasó así; siendo testigos Pedro Ponce, ejecutor de la dicha Real Audiencia, y el chantre don Juan Batista Colombo, Vicario desta Isla, y el doctor Juan Fernández, Beneficiado de la iglesia de Nuestra Señora de la Conce(p)ción //Folº. 65 rtº./ / de la Ciudad de San Cristóbal desta Isla, y el Bachiller Francisco Hernández, Beneficiado de la iglesia de la Conce(p )ción del lugar del Orotava, y otras muchas personas que en la dicha procesión de la dicha Santa Imagen iban= Pasó ante mí= Alonso Gallegos, Escribano público= E por ende en testimonio de verdad hice este signo a tal Alonso Gallegos, Escribano público”.

1588 Diciembre 31.
Presentación de la provisión ejecutoria de la Real Audiencia por parte de Pedro Hernández, ante el escribano Juan Benítez Zuazo. Se incorporan los alegatos de la parte contraria, así como la sentencia definitiva de la Real Audiencia de Canarias, en la que se ampara el derecho de los Naturales a cargar a hombros a la Diosa Chaxiraxi (Virgen de Candelaria.)

/ La Orotava, 31 de Diciembre de 1588/

“En el lugar de la Orotava desta isla de Tenerife, treinta e un días del mes de Diciembre, de mil e quinientos y ochenta y ocho años conforme a la cuenta del Nacimiento de Nuestro Salva- //Folº. 78 vtº.//dor Jesucristo, ante el Bachiller Juan Pereira de Lugo, Abogado y en presencia de mí Juan Benítez Zuazo, Escribano público del dicho lugar y sus términos por el Rey, pareció Pedro Hernandez, natural de esta Isla por sí yen nombre de los demás Naturales de ella, sus consortes, e presentó una Provisión ejecutoria de la Real Audiencia de Canaria segun por ella parecía su tenor de la qual es el que se sigue= Juan Benítez Zuazo, Escribano público=_________________________

El Regente e oidores de la Real Audiencia de Canaria, por el Rey nuestro Señor, etc.=Al Bachiller //Folº. 79 rtº.// Juan Pereira de Lugo, Abogado, e vecino desta isla de Tenerife en el lugar de .la Orotava, salud e gracia. Sepades qué pleito e causa pende ante nos, en esta Real Audiencia por causa de Corte, el cual se intentó criminalmente por parte de Pedro Hernández e Francisco Hernández e Juan Fernández e Luis Rodríguez e Francisco González, el capitán Pedro Rodríguez, Salvador González, Alonso Rodríguez, Juan Rodríguez, Diego Díaz de Vera, Antón Sánchez e Andrés Hernández, Lázaro Sánchez, Rodrigo Martín, e los demás sus consortes, Naturales de esa Isla en el término de Candelaria contra Cristóbal Trujillo de la Coba / /Folº. 79 vtº./ / e Gaspar Yanes Delgado, Regidores desa Isla a la cual causa salió la parte del Concejo, Justicia e Regimiento de esa Isla sobre inquietación de posesión e costumbre en que han estado los dichos Naturales de sacar la Imagen de Nuestra Señora de Candelaria en sus andas a los tiempos que se hacen las procesiones y sobre las demás causas e razones contenidas en el proceso del dicho pleito en el cual parece que ante nos en esta Audiencia en dos días del mes de Marzo pasado deste añode ochenta e siete por parte de los dichos Naturales //Folº. 80 rtº.// nos fue presentado un escrito de querella del tenor siguiente=_

Muy Ilustres Señores= Diego de Peñafiel, en nombre de Pedro Hernández, Diego Díaz de Vera, Francisco Hernández e los demás vecinos e Naturales de la isla de Tenerife en el término de Nuestra Señora de Candelaria, de quien tengo poder que es éste que presento en la vía e forma que mejor haya lugar de derecho por caso de corte notorio me querello ante Vª.Sª. criminalmente de Cristóbal Trujillo de la Coba e de Gaspar Yanes, Regidores de la dicha Isla e de los que parecieren culpados e contando el caso es que estando los dichos Naturales en posesión anti- //Folº. 80 vtº.// quísima, desde que la dicha Isla se ganó de cristianos, y es uso e costumbre tan antigua de en todos los años por el día de Nuestra Señora de Candelaria, que se hace procesión de la Casa de Nuestra Señora hasta la iglesia de San Blas, y en otras procesiones extraordinarias, como en procesiones yagua e para salud, y otras cosas que la Imagen sale en sus andas, y en procesión de llevarla sobre sus hombros los Naturales, que eran antes que la Isla se ganase, y en contorno y en redondo de la dicha Imagen suelen ir todos los Naturales porque es fiesta suya, e la Imagen les pares- / /Folº. 81 rtº./ / ció a ellos mucho tiempo antes que cristianos ganasen la dicha Isla, los cuales Naturales antes de tener lumbre de fe reverenciaban e tenían de mucho la Imagen, aunque personas poderosas destas Islas por su Voluntad, y contra la de los dichos Naturales, la quitaron dentre los dichos Naturales, y la llevaron a la isla de Lanzarote, de donde milagrosamente la Imagen hizo señales de no querer estar en la dicha isla de Lanzarote e se volvió a la de Tenerife, entre los dichos Naturales en el dicho Lugar que dicen de Candelaria, y en esta devoción los dichos Naturales //Folº. 81 vtº.// han estado y están hasta ahora teniendo por particular privilegio la dicha Imagen e tal es ansí, como cosa suya ellos propios la sacan en sus andas y han sacádola dende el dicho tiempo a esta parte, y estando en este uso antiguo e posesión el día de Nuestra Señora deste mes pasado de Febrero, continuando los dichos Naturales su posesión e costumbre queriéndose hacer la dicha procesión, cuatro de ellos tomaron las andas con la dicha Imagen yendo los demás junto a ella e la sacaron dende su altar, trayéndola a la capilla de la dicha iglesia de donde se comienza a hacer la dicha procesión, e trayéndola sobre sus //Folº. 82 rtº.// hombros los dichos Naturales y estando congregada mucha gente el dicho Cristobal Trujillo de la Coba e Gaspar Yanes, Regidores e otros con al- boroto y escándalo diciéndole el dicho Trujillo que tenía comisión del Gobernador, e que venía en su lugar, e con vara de justicia en las manos fueron rempujando a los dichos Naturales e llegando a los que tenían las dichas andas, por fuerza y sin reverencia de Nuestra Señora se las quitaron por fuerza e, porque los dichos Naturales con modestia e mansedumbre, decían e requerían al dicho Trujillo de la Coba que no les quitase de su posesión e que aquello les pertenecía por ser Naturales, el dicho Trujillo //Folº. 83 vtº.// e los demás les afrentaron delante de la dicha Imagen, llamándoles bellacos e majaderos e pícaros y en son de quererlos afrentar les decían que eran unos guanches de baja suerte e porque no pasase adelante el dicho escándalo, se hizo que la se volviése al altar y de donde los Naturales la habían traído y el Vicario del convento de la dicha Imagen viendo la injusticia del dicho Trujillo e los demás e porque la procesión no se dejase de hacer hizo que dos frailes e dos Naturales tornásen a sacar la dicha Imagen y ansí la sacaron e llevándola e saliendo por la puerta de la iglesia tornó el dicho Trujillo e los; demás a hacer el mismo alboroto y escándalo queriendo quitar la
dicha Imagen a los dichos Naturales e frailes e lo hicieran si el Vicario de la isla de Tenerife no lo impidiera con la excomunión que les puso, e prosiguiendo la dicha procesión, después que iba la Imagen buen rato de la dicha iglesia e llevándola los dichos Naturales e frailes e que el dicho Trujillo e los demás ejecutaron su mal propósito e sin reverencia de la Imagen fueron contra los dichos Naturales que llevaban la dicha Imagen e los demás que iban juntos e los tornaron a afrentar con las mismas palabras e dar de empellones, apartándoles de la dicha Imagen, rompiéndoles sus capas y herreruelos que llevaban y hubo tanto escándalo y alboroto que hicieron amotinar toda la gente de la procesión, muchos romeros que habían ido en romería de las demás islas, de suerte que yendo los dichos frailes con tan gran alboroto y escándalo e tan poca reverencia a la Madre de Dios e que estaban las andas quebradas por los empellones que los dichos regidores e Trujillo habían dado a los que la llevaban e que un Niño Jesús había caído en tierra y quebrádose un brazo por causa del dicho Trujillo e los demás volvieron a la dicha Imagen a su Casa, y así no se hizo la dicha procesión que fue gran desconsuelo para los romeros pere- / /Folº 84 rtº / grinos que habían ido a ello por lo cual cometieron delito digno de punición e castigo= Porque pido a Vªs.Sªs. me admitan esta querella por causa de corte por ser contra juez e regidores e admitida me reciban Información al tenor de ella e dada les condene a los susodichos en las penas en derecho establecidas, contra los que semejantes alborotos y escándalos hacen, e pido Justicia e costas e incidentes de oficio de Vºs.Sºs. que para de ello imploro e les condene e mande que de aquí adelante en las dichas procesiones no perturben a los dichos Naturales, ni les inquieten en la posesión y costumbre que tienen en llevar la Imagen e andas de Nuestra Señora, y los Naturales ir en con-//Folº. 84 vtº!.// torno dellas, y ampare en la dicha posesión antigua a los dichos Naturales, declarando estar en su posesión e uso de sacar ellos la dicha Imagen en sus hombros e ir junto a ella e para que los susodichos sean acusados les mande prender, e presos les protesto acusar más en forma e pido ut supra e juro en forma no ser de malicia= El Licenciado Borrero=_______________________________

La cual dicha querella habiendo sido admitida por caso de corte mandamos que diese Información e para ello os la cometimos la cual habiendose traído a esta Audiencia de la qual causa salió la parte del Concejo, Justicia e Regimiento //Folº. 85 rtº.// desa Isla e por nos fue proveído auto, por el cual mandamos que se le tomáse su confesión al dicho Cristóbal Trujillo de la Coba, e que de lo hecho se diese traslado a la parte del dicho Concejo, e que para la primera Audiencia mostrasen el su derecho e parece que por parte del dicho Concejo se presentó ante nos un escrito del tenor siguiente=__________

Muy Ilustres Señores= Juan López, por la Justicia e Regimiento de la isla de Tenerife por quien me he mostrado parte en la causa con los Naturales del lugar de Nuestra Señora de Candelaria e sus términos, sobre lo que pretenden llevar los susodichos la / /Folº. 85 vº./ / Imagen de Nuestra Señora de Candelaria del dicho Lugar, las fiestas e procesión cuando la sacan sobre los hombros e llevarla siempre en toda la dicha procesión, desde que la sacan de su altar hasta volver como se contiene en su escrito que Diego de Peñafiel en nombre de Diego Díaz, e de los demás ante Vªs.Sªs .presentaron en dos de Marzo deste año, cuyo tenor presupuesto por lo que toca a lo que piden contra mis partes, Digo= que no procede ni ha lugar lo que piden por lo general, e porque la causa cuando para pedir los susodichos lo que piden e tuviesen derecho que niego eso había de ser ante / /Folº. 86 rtº.// la Justicia Eclesiástica por ser la causa que a el Juez Eclesiástico e sobre de esto, ante todas cosas, pido haya justo pronunciamiento con protestación de que ante todas las cosas hago que se provea que por autos que haga no atribuya Vª.Sª. más jurisdicción de la que de derecho competa, deban remitir al Juez Eclesiástico para que ante él se pida Justicia e cuando no hubiere lugar que sí, amenos ha lugar lo que pretende porque como por parte de Cristóbal de Trujillo de la Coba que a esta causa ha salido, se ha alegado en su escrito de veinte y ocho del pasado, la Justicia e Regimiento que son //Folº. 86 vº.// y han sido de aquella Isla mis partes, de más tiempo de uno e diez, cuarenta e sesenta años a esta parte y que memoria de hombres no es contrario, siempre en las procesiones que en todo el dicho tiempo se han ofrecido así las ordinarias cuando se saca la santa Imagen de Nuestra Señora en su día, y otras procesiones que se hacen y han hecho, así por agua, como por salud los dichos mis partes que son y han sido, han sacado la dicha Imagen en sus hombros dende la capilla e lugar que la ponen después de la haber sacado de su altar hasta volverla a él, y esto más / /Folº. 87 rtº./ / en particular en los días de su santa fiesta en la procesión que allí se hace en esta forma que los dichos Naturales la sacan y han sacado dende su altar, y lugar donde está hasta ponerla en medio de la capilla suya y de allí habiéndola puesto la dicha Justicia, e regimiento que son y han sido, la toman en sus hombros e la llevan en procesión por las calles y lugares acostum-
brados a ir hasta volverla hasta el dicho lugar e capilla donde la han recibido y de allí los dichos Naturales, acabada la procesión e fiesta la toman a recibir y la ponen en su altar y si algun derecho los susodichos tienen en lo que pretenden que he referido e sólo en lo que no en más ha sido, y es costumbre / /Folº. 87 vtº./ / lo halle usada e guardada
en su presencia de él y de sus pasados, viéndolo y consintiéndolo y en esta posesión han estado mis partes todos estos tiempos, e se les debe respeto de la autoridad de sus personas e oficios y la que llaman posesión si se puede decir no lo es de derecho que como digo a mis partes toca Querer fundar lo que pretenden por decir haber parecido en el dicho lugar y no ser servida estar en otra, eso no atribuye derecho para lo que pretenden porque aquí no se trata de mudanza de el lugar sino de sacarla en procesión que como digo pertenece a mis partes y en cualquiera lugar las varas del palio del Santísimo Sacramento y de llevar sus andas y otros actos semejantes a éstos siempre toca, e pertenece a las Justicias e Regimiento como más principales y es cosa justa que de ellos //Folº. 88 rtº.// sea servida Nuestra Señora pues no tienen menos cristiandad que los dichos Naturales y estas cosas siempre se han de dar e pertenecen a la gente más principal que son mis partes e no a los susodichos por tanto= a Vª.  Sª. pido y suplico, sobre lo primero ante todas cosas se determine e pronuncie, remitiendo esta causa al Juez Eclesiástico e no habiendo lugar que si a Vª.Sª. declaren no proceder lo de contrario se alega, e pido habiendo lugar, Justicia e costas e pruebas le pido en caso que se concluya por la otra parte sin embargo ser recibido a prueba= El Licenciado Alfaro=_

Del cual dicho escrito dimos traslado a la parte de los dichos / /Folº. 88 vtº.// Naturales, e habiéndoles sido notificado, respondió a ello por otro escrito siguiente=____________

Muy Ilustres Señores= Diego de Peñafiel, en nombre de Diego Díaz y Francisco Hemández y los demás vecinos e Naturales de la isla de Tenerife: En la causa contra Cristóbal de Trujillo de la Coba, sobre el uso y posesión antigua de llevar en sus hombros la Imagen de Nuestra Señora de la Candelaria, a que ha salido como interesado que dice ser el Concejo, Justicia e Regimiento de la dicha Isla e Juan López por él respondo al escrito de contrario presentado, e Digo: Que sin embargo de lo en él dicho y alegado, Vªs.Sªs. deben //Folº. 89 rtº.// hacer según tengo pedido porque Vªs. Sªs. son Jueces de esta causa que es causa entre merelegos en la cual las partes contrarias antes de esta acción dilatoria que ahora alegan, han alegado otras perentorias, y han pedido traslado a Vªs.Sªs. de lo pedido por mis partes, como consta del escrito por Juan López, presentado en veinte y ocho del mes de Abril pasado, en donde contestaron el pleito y alegaron de su Justicia, y así no ha lugar la declaratoria pedida por la parte contraria=__

Lo otro porque en lo que toca a la causa principal, y lo que de contrario se confiesa que mis partes / /Foº. 89 vtº./ / suelen llevar la dicha Imagen desde su altar hasta ponerla en medio de la capilla, acepto su confesión que lo que hace en favor de mis partes y niego que los contrarios estén en tal uso e posesión, del tiempo que dicen, de sacar e llevar en sus hombros en procesión la dicha Imagen porque en tal uso e posesión no han estado en tiempo alguno antes, los dichos Naturales han tenido, y tienen la dicha posesión y usado de llevar las dichas andas el tiempo contenido en la querella que es desde que la Isla se ganó de cristianos más tiempo de diez, veinte, treinta, cuarenta, cinquenta, sesenta, setenta y ochenta //Folº. 90 rtº.// e más años a esta parte, quieta e pacíficamente sin contradición de persona alguna e no le inquietando la Justicia e Regimiento de la dicha Isla, ni perturbando en esta tan antigua posesión, viendo los dichos Justicia e Regimiento e no lo contradiciendo hasta que agora el dicho Cristóbal Trujillo de la Coba, de hecho, e contra derecho favorecido de la vara que de Justicia decía que tenía, por fuerza e con violencia, maltratando a los dichos Naturales con palabras de afrenta, e poniéndoles las manos, dándoles de empellones, y quitándoles las capas de los hombros, como hizo al dicho Pedro Her-//Folº. 90 vtº.// nández que le rompió un herreruelo nuevo en dos partes que no fue más de provecho, les inquietó e perturbó de la dicha su antigua posesión que han tenido e tienen del dicho tiempo a esta parte=____________________

Lo otro porque no hay que tratar de decir que los susodichos son más principales, y que en otras partes la Justicia e Regimiento son preferidos en llevar las varas del palio porque presupuesto que el derecho que mis partes pretenden es su antigua posesión, y en ella fundan su Justicia, y en ella consiste no se debe traer a consideración calidades, por que eso no induce título para fundar los contra- / /Folº. 91 rtº.// rios, su posesión, ni menos porque en otras partes se use el llevar las varas los regidores, se ha de juzgar este negocio por esos ejemplos porque cosa muy diferente que no se debe traer en argumento de lo que estas partes pretenden=____________________________________________

Lo otro porque el fundamento de la posesión tan antigua de mis partes de llevar en sus hombros y sacar la dicha Imagen en los tiempos que tengo referidos, y la razón ha sido y es verdadera, las insignias e muestras que la dicha Imagen ha hecho de estar e permanecer entre los dichos Naturales y con ellos que ha sido antes que los //Folº. 91 vtº.// cristianos tuviesen noticia de la dicha Imagen y esto ha sido y es como título que los dichos Naturales tienen y han tenido para usar de este privilegio y uso tan antiguo que tienen y han tenido con lo cual se han inclinado desde el principio que la dicha Imagen pareció a tenerla e reverenciarla, y sobre el ayudar con sus haciendas a hacer templo donde estuviere y así como cosa suya y su Patrona, la han tenido y tienen y como a tal la acompañan, sacándola ellos propios en sus hombros y en contorno de ella=__________________________________________________________________

Lo otro, porque caso negado que alguna vez algún Gobernador / /Foº. 92 rtº./ / o Regidor haya ayudado a sacar la dicha Imagen en procesión que niego eso, habrá sido por un sentimiento de los dichos Naturales e por ruego que se les haya hecho por alguna devoción que por el tal Juez o Regidor haya tenido e promesa que había hecho, dejándole cumplir la dicha devoción e permitiéndoselo y esto no induce posesión porque si alguna vez así ha sido no se ha continuado más y es posesión que el derecho llama precaria que es nula y con ella no se induce derecho del que así haya usado de
ella= ---------------------------------------------------------------------------------------------------

Lo otro porque el dicho Cristóbal Trujillo demás del alboro-/ /Folº. 92 vtº./ / to y escándalo que hizo en el dicho día por la dicha perturbación fue causa que se dejasen de dar a la dicha Imagen muchas limosnas que se perdiése e tomáse mucha cera que faltó aquel día= Porque pido a Vªs.Sªs. hagan segun tengo pedido e pido Justicia y costas e pido ser recibido a la prueba e que Vªs.Sªs. condenen al dicho Trujillo a que pague el dicho herreruelo a el dicho Pedro Hernández=_________________________________

Otrosí el dicho Juan López se ha mostrado parte por el dicho Trujillo= Pido a Vªs.Sªs. le manden muestre su poder e pido ut supra= El Licenciado Borrero=_________________

Del cual dicho escrito, habiendo sido ante nos presentado, man-/ /Folº. 93 rtº./ / damos dar traslado a la otra parte, lo cual se le notificó, e habiendo las partes alegado de su justicia se concluyó el negocio e recibió a prueba con cierto término e porque ambas partes se hicieron probanzas en las causas, e fueron ratificados los testigos de la sumaria
Información e le fue tomada su confesión al dicho Cristóbal Trujillo de la Coba e pasado el término probatorio se hizo publicación de testigos, con el término de la ley, e pasado se concluyó en definitiva el negocio el cual siendo por nos visto en él dimos e pronunciamos Sentencia defi- //Folº. 93 vtº.// nitiva del tenor siguiente=_____________

En el pleito y causa que es entre partes de la una Pedro Hernández e Diego Díaz de Vera, Francisco Hernández, Hernando de Ibaute e los demás sus consortes, Naturales de la isla de Tenerife, e Diego de Peñafiel en su nombre e de la otra Cristóbal Trujillo de la
Coba, regidor de la dicha Isla, y el Concejo, Justicia e Regimiento de la que salió a la causa e Juan López, Procurador en su nombre, sobre haberles inquietado en la posesión que alegan tener de sacar la Imagen de Nuestra Señora de Candelaria en las procesiones e sobre lo //Folº. 94 rtº./ / demás contenido en su querella que por caso de Corte pende en esta Audiencia=_______________________________________________________

Fallamos: los dichos Pedro Hernández, Diego Díaz de Vera e consortes, haber probado su querella como probarles convino para haber victoria en esta causa en lo que de yuso será contenido, e los dichos Cristóbal Trujillo de la Coba, y el dicho Concejo no haber probado cosa que les excuse de condenación, atento lo qual debemos de amparar e amparamos a los dichos Naturales en la posesión que han tenido de sacar la dicha Imagen de Nuestra Señora de Candelaria desde / /Fºlº. 94 vtº./ / su altar hasta San Blas, y volverla a el dicho su altar, y 1o mismo se entienda en cualquiera otra procesión que se hiciere con su bendita Imagen, en la cual dicha posesión les amparamos, y defendemos, e mandamos que en ella no sean inquietados, ni perturbados so pena- de cada cincuenta mil maravedíes para la Cámara e Fisco de Su Majestad y estrados de esta Audiencia con que esto no se entienda con el Gobernador de la dicha isla de Tenerife e por su ausencia con su lugarteniente, los cuales puedan sin consentimiento de los dichos Naturales ni //Folº. 95 rtº.// sin pedírselo, ayudar a llevar las andas de la dicha Imagen, poniéndose en el lugar que le pareciere e así juzgado: lo pronunciamos e mandamos por esta nuestra Sentencia definitiva, e por causas que nos mueve, condenamos al dicho Cristóbal Trujillo de la Coba en todas las costas deste proceso justamente hechas, cuya tasación en nos reservamos= El Licenciado Aldcl.ya= El doctor Francisco RamÍrez de Montalvo= El Licenciado Luis de Guzmán=_________

La cual dicha Sentencia por nos fue pronunciada estando en Audiencia pública; martes, diez y siete / /Folº. 95 vtº./ / días del mes de Noviembre pasado deste año, e habiendo sido notificada a los Procuradores de las partes, por la parte del dicho Concejo, Justicia e Regimiento de la Isla fue suplicado de ella para ante nos e por parte del dicho Pedro Hernández asimismo fue suplicado de ella, en lo que era contra él, en lo tocante al. dicho Cristóbal Trujillo de la Coba e por nos le fue mandado que expresasen agravios e les fue mandado después de lo cual en veinte y ocho días del dicho mes de Noviembre pasado de este año, así por la parte del dicho Concejo, Justicia e Regimiento / /Folº. 96 rtº./ / como por la del dicho Cristóbal Trujillo de la Coba por sus escritos que ante nos presentó, Dijo: que apelaba de la dicha Sentencia para ante Su Majestad e Señores de su Concejo, e para allí abajo, para ante quien podía y de derecho debía e podía que se le otorgasen sus apelaciones, las cuales contradijo la dicha parte de los dichos Naturales, diciendo que no había lugar porque venían fuera de tiempo e que se había de ejecutar la dicha Sentencia, lo cual habiendo por nos visto, mandamos que se ejecutase la //Folº. 96 vtº.// dicha Sentencia posesoria y dimos traslado de la dicha apelación a la parte de los dichos Naturales e le fue notificado por parte de los cuales nos fue pedida ejecutoria e que nombrásemos persona para que ejecutase, lo cual siendo por nos visto, mandamos que se le di ése la dicha ejecutoria, y os nombramos para que cumpliéredes la dicha Sentencia en lo tocante a la dicha posesión e para ello dimos esta Provisión ejecutoria
a la parte de los dichos Naturales para vos, en la dicha razón por la cual vos mandamos que veáis la dicha sentencia e vista vayáis al dicho //Folº. 97 rtº.// lugar de Candelaria con vara de Justicia, y en el día de Nuestra Señora de Candelaria e otros días que se hubieren de hacer procesiones como lo han de costumbre sacando la bendita Imagen de Nuestra Señora de Candelaria en sus andas en procesión y amparad y amparéis a los dichos Naturales en la posesión que han tenido de sacar la dicha bendita Imagen de Nuestra Señora de Candelaria, desde su altar hasta San Blas y volverla al dicho su altar y lo mismo en cualquier otras procesiones que se hiciesen con su bendita Imagen y en la
dicha posesión les amparad / /Folº. 97 vtº./ / y defended e que no sean inquietados, ni perturbados, so las penas contenidas en la dicha Sentencia la cual cumpliréis en todo e por todo como en ella se contiene e mandamos a las Justicias de esa Isla e a sus ministros e a los vecinos de esa Isla y estantes y a visitantes en ella, que os den e hagan dar todo el favor e ayuda que para ello fuere necesario e les pidiéredes e acudan a vuestros llamados e hagan e cumplan lo que de nuestra parte les mandáredes, so la pena e penas que de nuestra parte les pusiéredes, en las cuales les habemos por condenados lo contrario haciendo que para / /Folº. 98 rtº./ / todo ello e lo de ello dependiente os damos comisión en forma e mandamos a cualquiera Escribano público de la Isla que os la notifique, y de testimonio del cumplimiento: Dada en Canaria, a siete días del mes de Diciembre de mil e quinientos y ochenta e siete años= El Licenciado Aldaya= el doctor FranciscoRamírez de Montalvo= El Licenciado Luis de Guzmán=__________________

E presentada, luego el dicho Pedro Hernández pidió e requirió al dicho Bachiller Juan Pereira de Lugo la guarde, cumpla y ejecute como en ella se contiene, e lo //Folº. 98 vtº.// pidió por testimonio. Testigos: Pedro Gil, mercader e Jusepe Hernández, Escribano público deste lugar= Juan Benítez Zuazo, Escribano público=_____________

E luego el dicho Bachiller Juan Pereira de Lugo, Dijo: obedecía e obedeció la dicha Provisión ejecutoria de la Real Audiencia de Canaria, e que está presto de la cumplir, y ejecutar e cumplirá a el tiempo que la dicha Provisión le manda y lo firmó de su nombre. Testigos, los dichos= El Bachiller Pereira de Lugo= Pasó ante mí= Juan Benítez Zuazo, Escribano público=__________________________________________
E después de lo susodicho en el //Folº. 99 rtº.// lugar de Candelaria desta dicha isla de Tenerife, en primero día del mes de Febrero de mil y quinientos y ochenta y ocho años: El Bachiller Juan Pereira de Lugo por presencia de mí, Alonso Gallegos, Escribano público desta dicha Isla por el Rey Nuestro Señor, Dijo: Que a él se le ha presentado la Provisión ejecutoria de esta otra parte contenida por parte de Pedro Hernández, Natural desta Isla, por sí y en nombre de los demás Naturales de ella en el lugar de la Orotava, la cual es sobre y en razón de la pose- / /Folº. 99 vº./ / sión que la dicha Real Audiencia les ha mandado dar con el amparo della que es el llevar la bendita Imagen de Nuestra Señora de Candelaria, e sacarla ellos y no otros algunos en las procesiones que con ella se hacen, la cual dicha Provisión hubo por presentada e por su auto, Dijo: que estaba presto de la cumplir, en todo e por todo, según que en ella se contiene ese le manda como consta de el dicho auto proveído en el dicho lugar de la Orotava que es el de arriba contenido, y que en cumplimiento de la dicha//Folº. 100 rtº.// Provisión, ha venido a este dicho lugar, según que se le manda con vara alta de Justicia y porque el día de mañana que es cuando la bendita Imagen se ha de sacar, y llevar en procesión desde su Casa a la de San BIas y volverla, es día muy ocupado así por la solemnidad de la fiesta, y divinos oficios que se han de hacer como por el concurso de la mucha gente que ha ocurrido a la dicha casa de Nuestra Señora, y los autos que en razón de lo dicho se debieren de hacer con la Justicia ordinaria //Folº. 100 vtº.// por lo dicho sería con dificultad por el lugar no ser cómodo y oportuno e para que no haya ningún impedimento por donde la dicha Provisión se deje de cumplir según que la dicha Real Audiencia lo manda, y en todo tenga cumplido efecto y cesen cualesquier escándalos e inconvenientes que podían resultar sobre le dar de la dicha posesión e amparo de ella, mandaba e mandó a mí el presente Escribano intime, lea e notifique la dicha Provisión ejecutoria a la Justicia ordinaria desta Isla para que tengan ciencia //Folº. 101 rtº.// de lo en ella contenido, y para que siendo necesario al tiempo e cuando se hubiere de dar la dicha posesión e amparo a los dichos Naturales que como dicho es ha de ser mañana, dos días deste presente mes de Febrero, le den e hagan dar todo el favor e ayuda que para lo susodicho convenga e sea necesario para que en todo se cumpla lo que la dicha Real Audiencia manda, so las penas contenidas en la dicha Provisión ejecutoria de más que procederá a otras mayores, e ansí lo proveyó e mandó= El Bachiller Pereira de Lugo= Alonso Gallegos, Escribano público=//Folº. 101 vtº.//______________________

E luego en este dicho día, yo el dicho Escribano lo leí e notifiqué el dicho auto e Provisión de la dicha Real Audiencia al capitan Juan Núñez de la Fuente, Gobernador de esta Isla e al do(c)tor don Alonso Pacheco su teniente, los cuales dijeron que están prestos de dar al dicho ejecutor el favor e ayuda de que tuviere necesidad para que la dicha ejecutoria de la dicha Real Audiencia tenga su entero cumplimiento e lo firmaron= Juan Núñez= el doctor don Alonso Pacheco= Alonso Gallegos, Escribano público= _______________________________________________________________

E después de lo susodicho, en dos días del dicho mes de Febrero del//Foº. 102 rtº.// dicho año de mil y quinientos y ochenta y ocho años por presencia de mí el dicho Alonso Gallegos, Escribano público e de los testigos de yuso escritos: Estando en la iglesia de Nuestra Señora de Candelaria junto a el altar mayor de la dicha iglesia antes de la misa mayor, estando en la dicha iglesia la Justicia ordinaria de esta Isla que es el capitán Juan Núñez de la Fuente, Gobernador desta Isla y el doctor don Alonso Pacheco su teniente, e Luis de Samartín y Lope de Asoca, Regidores, y otras muchas personas, vecinos y estantes en esta Isla e que-//Folº. 102 vº.// riendo salir en procesión y en ella llevar a la dicha Imagen de Nuestra Señora pareció presente el dicho Pedro Hernández e Juan Fernández de Arico, e Francisco González e Diego Díaz e Martín Cabeza e Salvador González, Juan García Izquierdo y otros muchos Naturales desta Isla, que para llevar la dicha santa Imagen allí estaban e se habían congregado, e pidieron al Bachiller Juan Pereira de Lugo que en la dicha iglesia e junto a la dicha santa Imagen estaba con vara alta de justicia que en //Folº. 103 rtº.// cumplimiento de la dicha Provisión ejecutoria que tienen presentada por sí y en nombre de todos los demás Naturales de esta Isla, les diése la posesión que la Real Audiencia les manda dar, y les amparase y defendiese en ella, e no consintiesen ni diesen lugar a que fueren perturbados en ella y el dicho Bachiller Juan Pereira, habiendo oído y entendido lo de suso, Dijo: que en cumplimiento de la dicha Provisión ejecutoria, él estaba presto de darles la posesión que la dicha Real Audiencia manda //Folº. 103 vtº.// y en su cumplimiento tomó por la mano al dicho Juan Fernández, de Arico, e Martín Cabeza, e Francisco González y Diego Díaz, y les entregó los brazos de las andas donde estaba puesta la dicha santa Imagen de Nuestra Señora para que la llevasen en la dicha procesión hasta la iglesia de San Blas y la volviesen atraer a su santa Casa, y así los susodichos la bajaron de lo alto de donde estaba la dicha Imagen y la llevaron a los hombros con otros muchos de los dichos Naturales que junto a la dicha santa Imagen iban sin que ninguna per- //Folº. 104 rtº.// sona se lo impidiese ni estorbase, quitándose unos e poniéndose otros de los dichos Naturales hasta llegar con la dicha santa Imagen ala dicha iglesia de San BIas y así
por esta mesma orden volvieron atraerla hasta su santa Casa en procesión, e los dichos Naturales pidieron así lo di ése por testimonio para que en todo tiempo conste de lo susodicho, y se entienda haberse cumplido la dicha Provisión ejecutoria e yo el dicho Escribano doy fe, e verdadero testimonio que todo lo dicho es e pasó así, siendo testigos: Pe- //Folº. 104 vtº.// dro Ponce, ejecutor de la dicha Real Audiencia, y el Chantre don Juan Bautista Colombo, Vicario de esta Isla y el don Juan Fernández, Beneficiado de la iglesia de Nuestra Señora de la Conce(p )ción de la Ciudad de San Cristóbal de esta Isla, y el Bachiller Francisco Hernández, Beneficiado de la iglesia de la Conce(p )ción del lugar de la Orotava y otras muchas personas que en la dicha procesión de la dicha santa Imagen iban= Pasó ante mí= Alonso Gallegos, Escribano público (Original: Va tachado... )= Concuerda con el original que queda en mi poder a que me refiero e por ende en testimonio de verdad hice este //Folº. 105 rtº.// signo= Cosme de Prendes, Escribano público”


Imagen tomada de: DE CHAXIRAXI A SEP MERI

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